La directora de Liquidaciones de la Caja de Previsión Social (CPS) detalla cómo y cuándo se aplican los incrementos en los haberes jubilatorios, basados en acuerdos paritarios.

En Santa Cruz, los incrementos en las jubilaciones, pensiones y retiros están garantizados por la Ley 1782 de Jubilaciones y Pensiones, que asegura la movilidad jubilatoria para los beneficiarios de la Caja de Previsión Social (CPS). Esto implica que los aumentos acordados en paritarias se aplican de manera automática a los haberes previsionales.

María Elorriaga, directora de Liquidaciones de la CPS, explicó que los ajustes dependen de los acuerdos salariales de cada sector y se determinan en función de la fecha en la que se desarrollan las paritarias. “El plazo para recibir las escalas salariales en la Caja es hasta el 10 de cada mes. Lo que ingresa hasta esa fecha se aplica el 24 de ese mes”, explicó Elorriaga en su participación en el programa radial «Tu Caja Más Cerca», transmitido por LU14 Radio Provincia.
Asimismo, Elorriaga señaló que si una escala salarial llega después del 10, el aumento se abonará mediante una liquidación complementaria el mes siguiente, con retroactividad al mes correspondiente. “Muchas paritarias suelen desarrollarse de mitad de mes en adelante, por lo que, de haber acuerdo de incremento, se aplica por complementaria al mes siguiente”, detalló.
Las liquidaciones complementarias, por decisión de la CPS, se pagan el mismo día que los haberes del mes siguiente. La directora también recordó que los beneficiarios con dudas pueden acercarse a las delegaciones locales de la CPS o a la sede central en Avenida San Martín 1058, de lunes a viernes, de 8:30 a 13:00, o comunicarse a través del correo electrónico liquidaciones@cps.gov.ar.