El abogado y participante del Concurso Múltiple N.º 115 del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz sostuvo que obtuvo el tercer puntaje en la instancia de oposición y el primero en antecedentes, pero recibió una calificación en la entrevista personal que, según afirmó, no fue fundamentada. Junto con otros participantes, llevó sus cuestionamientos a la vía judicial y reclamó conocer los criterios utilizados para determinar las notas.

El proceso de selección de magistrados para los juzgados de Río Turbio, Puerto Deseado y Puerto Santa Cruz continúa generando cuestionamientos por parte de algunos de los profesionales que participaron del Concurso Múltiple N.º 115 del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz.
En ese marco, el abogado Miguel Soto Encinas habló con El Que Calla Otorga, de FM La Voz de la Cuenca, y explicó los motivos por los cuales decidió cuestionar determinadas instancias del concurso y recurrir a la Justicia.
El letrado aclaró desde el comienzo que su planteo no responde a una cuestión partidaria ni busca cuestionar a otros profesionales que participaron del proceso.
“Esto no es una cuestión política, no estamos hablando de política partidaria”, sostuvo, y explicó que interviene tanto en carácter de abogado como de participante que considera afectados sus derechos durante el procedimiento.
El Concurso Múltiple N.º 115 fue convocado para cubrir tres cargos de juez de Primera Instancia en los Juzgados de Instrucción Penal y Penal Juvenil N.º 1 de Río Turbio, Puerto Deseado y Puerto Santa Cruz. Según antecedentes publicados durante el proceso, 22 abogados se inscribieron inicialmente para esos cargos.
Tres etapas y el cuestionamiento a la entrevista
Soto Encinas explicó que el concurso contempla distintas instancias de evaluación y puso especial énfasis en la diferencia entre el examen de oposición, los antecedentes y la entrevista personal.
Según detalló, la primera etapa consiste en un examen escrito que se realiza bajo un sistema de identificación numérica, de manera que quienes corrigen no conozcan la identidad del postulante. El abogado consideró que esa instancia constituye una evaluación objetiva del conocimiento técnico de los candidatos.
Luego se analizan los antecedentes profesionales de cada participante: trayectoria, años de ejercicio de la profesión, especialización, estudios de grado y posgrado, docencia y otros aspectos contemplados en el reglamento.
“Antecedentes y oposición demuestran la idoneidad de los postulantes”, sostuvo.
El punto central de su cuestionamiento está ubicado en la entrevista personal, instancia que, según explicó, tiene un peso del 40% en la calificación final.
Para Soto Encinas, esa etapa debería evaluar objetivamente el perfil de cada candidato de acuerdo con los parámetros establecidos previamente por el reglamento.
Sin embargo, afirmó que no recibió una explicación suficiente sobre la calificación obtenida.
“Explíquennos”
Uno de los principales reclamos expresados por el abogado es el acceso a los fundamentos utilizados para determinar las notas de las entrevistas.
“No es una cuestión de decir ‘esto está mal porque está mal’. Por lo menos en mi caso, mi planteo era para poder mejorar en el próximo concurso”, explicó.
Según su relato, al solicitar conocer los criterios que determinaron la calificación, no obtuvo la devolución que esperaba.
“Explíquennos. Nada más que eso”, resumió al referirse a su pedido.
El abogado vinculó este planteo con el principio de motivación de los actos de gobierno y de las decisiones de los organismos públicos. En su interpretación, las decisiones que tienen consecuencias jurídicas deben explicar los fundamentos que llevaron a una determinada conclusión.
“Todos los pronunciamientos del Poder Judicial tienen el deber absoluto de motivación”, señaló, y trasladó ese principio a su cuestionamiento sobre la evaluación final del concurso.
Su desempeño en las etapas anteriores
Soto Encinas también explicó durante la entrevista cuál fue su desempeño en las instancias previas.
Según manifestó, obtuvo el tercer puntaje más elevado en la instancia de oposición y alcanzó el primer lugar en la evaluación de antecedentes, según su propio relato.
Sin embargo, sostuvo que la calificación recibida en la entrevista personal modificó sustancialmente su posición en el orden final.
“Resulta que la entrevista personal, que equivale a un 40%, me calificaron de una forma inexplicable. Inexplicable digo porque no me la explicaron”, afirmó.
El cuestionamiento no está planteado por el abogado como un pedido para modificar automáticamente las notas ni para reemplazar a otros postulantes, sino como una solicitud para conocer los fundamentos y criterios utilizados en la evaluación.
El reclamo llegó a la Justicia
Soto Encinas explicó que, junto con otros participantes que formularon cuestionamientos al proceso, la discusión terminó siendo llevada al ámbito judicial.
En este punto, distinguió entre los reclamos institucionales formulados por organizaciones profesionales y la presentación realizada dentro de un expediente judicial.
Según sostuvo, mientras los pedidos institucionales pueden recibir una respuesta administrativa, una vez judicializado el planteo corresponde que las autoridades involucradas respondan dentro del procedimiento correspondiente.
En las últimas semanas, el Concurso 115 también fue objeto de observaciones públicas por parte del Colegio Público de la Abogacía de Santa Cruz, que pidió información al Tribunal Superior de Justicia sobre distintos aspectos vinculados al proceso y acompañó el reclamo de un abogado participante.
Transparencia y participación ciudadana
Otro de los ejes planteados por Soto Encinas fue la necesidad de incrementar la transparencia en los procesos de selección de magistrados.
El abogado sostuvo que la sociedad debería poder conocer cómo se seleccionan quienes posteriormente ocuparán cargos judiciales.
En ese sentido, comparó el mecanismo provincial con el sistema nacional y señaló que las entrevistas personales de determinados procesos nacionales son transmitidas públicamente.
“Los concursos deben ser públicos, que los ciudadanos tengan la oportunidad de poder ver”, sostuvo.
Para el profesional, la discusión no debería limitarse exclusivamente a quienes participaron del Concurso 115, sino extenderse a futuros procesos de selección de magistrados.
“Esto necesita y merece un debate más profundo”, afirmó.
Un proceso que continúa
El cuestionamiento de Soto Encinas se suma a otras observaciones realizadas durante el proceso de selección de magistrados en Santa Cruz. El Consejo de la Magistratura avanzó con el Concurso 115 y elevó posteriormente un orden de mérito para cubrir los tres cargos correspondientes a Río Turbio, Puerto Deseado y Puerto Santa Cruz.
En paralelo, continúan las presentaciones y reclamos vinculados con determinados aspectos del procedimiento.
La posición expresada por Soto Encinas es que el objetivo principal de su planteo no es cuestionar personalmente a los profesionales que continúan en competencia ni obtener un beneficio individual, sino acceder a los fundamentos de la evaluación que recibió.
“No va en contra de persona alguna”, remarcó hacia el final de la entrevista, al señalar que todos los profesionales que participaron del concurso merecen su consideración.
El debate, mientras tanto, trasciende la situación particular de un postulante y pone sobre la mesa una cuestión institucional: cómo se evalúa, fundamenta y transparenta la selección de quienes ocuparán cargos de magistrados en la Justicia provincial.