La presentación fue realizada por la exdiputada nacional Roxana Reyes, con el patrocinio del abogado Javier Stoessel, y quedó radicada en el Juzgado de Instrucción N.º 3 de Río Gallegos. Los denunciantes solicitan investigar las condiciones de un contrato con una empresa privada para desarrollar el Mercado Concentrador Patagónico, además de posibles irregularidades administrativas y el manejo de bienes y fondos públicos.

La empresa estatal Santa Cruz Puede quedó en el centro de una denuncia penal que busca esclarecer las condiciones de un contrato firmado con una firma privada para la instalación del denominado Mercado Concentrador Patagónico. La presentación, realizada el 14 de octubre, fue impulsada por la exdiputada nacional Roxana Reyes, con el patrocinio del abogado Javier Stoessel, y se encuentra radicada en el Juzgado de Instrucción N.º 3 de Río Gallegos.
En una entrevista con Voces Andariegas, Stoessel explicó que la denuncia se construyó a partir de documentación obtenida mediante pedidos de informes de la diputada provincial Agostina Mora, entre la que se encuentra el contrato celebrado entre Santa Cruz Puede y la empresa privada, además de observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas de la provincia.
Según el letrado, el análisis de esos documentos permitió identificar una serie de aspectos que, a criterio de los denunciantes, requieren una investigación tanto desde el punto de vista administrativo como penal.
El abogado aclaró que la presentación busca que la Justicia determine si las condiciones del acuerdo se ajustan a las normas vigentes y si existieron conductas que pudieran comprometer el patrimonio estatal. Por el momento, los planteos forman parte de una denuncia y deberán ser evaluados por las autoridades judiciales competentes.
Una empresa constituida poco antes de firmar el acuerdo
Uno de los puntos cuestionados por los denunciantes es la antigüedad de la firma privada que recibió los derechos establecidos en el contrato. De acuerdo con lo expuesto por Estúdese, la empresa se habría constituido apenas 37 días antes de la firma del acuerdo.
El abogado señaló que, según la documentación analizada, no se encontrarían acreditados un procedimiento de licitación, una convocatoria pública o una comparación de ofertas que permitiera conocer cómo fue seleccionada la firma.
En ese contexto, vinculó el caso con observaciones del Tribunal de Cuentas sobre el funcionamiento de Santa Cruz Puede, entre ellas la falta de un registro de proveedores, la ausencia de mecanismos para controlar posibles conflictos de intereses y cuestiones relacionadas con los procedimientos de contratación.
Para Stoessel, estos aspectos deben ser esclarecidos mediante la incorporación de los antecedentes completos del contrato y de la documentación que permita determinar qué procedimiento se utilizó para seleccionar a la empresa y cuáles fueron los fundamentos de la decisión.
Un predio por 20 años, un canon de $3 millones y servicios a cargo de la empresa estatal
Otro de los aspectos centrales de la denuncia es el contenido económico del acuerdo.
Según detalló el abogado durante la entrevista, el contrato contempla la utilización de un predio de aproximadamente 3.000 metros cuadrados, ubicado en el polo industrial y comercial sobre la Ruta Nacional 3, en el acceso a Río Gallegos. El espacio incluiría un galpón de unos 75 por 40 metros.
El acuerdo tendría una duración de 20 años e incluiría un período inicial de ocho meses sin pago de canon. Posteriormente, según la información expuesta por Stoessel, se estableció un canon mensual de $3 millones.
El letrado cuestionó que, de acuerdo con el contrato que analizaron, no habría una pauta de actualización del canon prevista para un período tan extenso. También señaló que el acuerdo permitiría compensar esos pagos con inversiones u otros conceptos, bajo criterios atribuidos a Santa Cruz Puede, sin que las condiciones de esa compensación estén suficientemente delimitadas a juicio de los denunciantes.
Además, planteó interrogantes sobre la provisión de servicios. Según describió, el contrato establece que la empresa estatal debe poner a disposición electricidad, agua, gas y seguridad, pero los denunciantes consideran que es necesario esclarecer cómo se afrontarán esos costos.
Otro punto señalado es la posibilidad de que la firma privada subalquile o conceda participación a terceros. Para Stoessel, corresponde determinar cuáles son los límites de esas facultades, qué beneficios económicos podrían generarse y si existe una participación para la sociedad estatal que resulte adecuada para resguardar el interés público.
El destino del predio y las observaciones del Tribunal de Cuentas
Durante la entrevista, el abogado también indicó que la actividad declarada por la empresa privada ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), según los informes incorporados a la documentación, estaría vinculada con la venta minorista de productos alimenticios.
Sin embargo, el contrato analizado tendría como finalidad el desarrollo de un mercado mayorista relacionado con el almacenamiento, la logística y la distribución. Para los denunciantes, esa diferencia entre la actividad declarada y el alcance del proyecto constituye otro de los aspectos que deben aclararse.
Stoessel mencionó, además, que el domicilio fiscal de la firma privada coincidiría con el que tenía constituido Santa Cruz Puede. También hizo referencia a una observación del Tribunal de Cuentas sobre el reintegro de un pasaje a una persona que, según indicó, no tenía vinculación con la empresa estatal y que posteriormente habría aparecido firmando el contrato cuestionado.
El abogado sostuvo que es necesario reconstruir los antecedentes de esas operaciones, verificar la documentación y determinar si existieron relaciones o decisiones que deban ser examinadas dentro de la investigación.
En relación con el Tribunal de Cuentas, explicó que las observaciones no se limitarían a este contrato en particular, sino que abarcarían aspectos estructurales del funcionamiento de Santa Cruz Puede, especialmente en materia de contrataciones, controles y administración de recursos.
También señaló que los denunciantes buscan conocer si la empresa estatal respondió a las observaciones del organismo de control, si justificó los gastos e inversiones cuestionados y si acreditó contar con procedimientos adecuados para sus contrataciones.
La figura penal planteada y las medidas solicitadas
Según explicó Stoessel, la denuncia invoca la posible comisión de administración fraudulenta agravada por tratarse de fondos públicos, una calificación que deberá ser evaluada por la Justicia y que no implica que exista responsabilidad penal acreditada.
Entre las medidas solicitadas se encuentran la incorporación del contrato original y sus antecedentes, la remisión de informes del Tribunal de Cuentas, la revisión de posibles actas de directorio y la recopilación de información sobre los servicios, los ingresos percibidos y las condiciones de ejecución del acuerdo.
También se pidió una inspección del predio para constatar su situación y verificar si se concretaron cesiones de derechos a terceros. Otro de los planteos apunta a que se evalúe una medida preventiva para impedir nuevas transferencias de derechos mientras se esclarecen las condiciones del contrato.
El abogado explicó que esta solicitud busca evitar que, durante la tramitación de la causa, se generen nuevas situaciones jurídicas que puedan afectar bienes administrados por la empresa estatal.
No obstante, aclaró que la decisión de avanzar con una investigación y la eventual adopción de medidas corresponden al juzgado interviniente y al Ministerio Público Fiscal.
“La administración correcta de los fondos públicos es independiente de la discusión política”
Durante la entrevista, Stoessel respondió a la posibilidad de que la denuncia sea interpretada como parte de una disputa política entre el oficialismo y la oposición.
El abogado distinguió entre el debate sobre el modelo de gestión económica elegido por el Gobierno y la necesidad de esclarecer las condiciones concretas de los contratos celebrados con recursos estatales.
En ese sentido, sostuvo que las autoridades deben brindar explicaciones documentadas sobre la selección de la empresa privada, las condiciones económicas del acuerdo, los beneficios otorgados y la existencia o no de procedimientos abiertos a otros inter